image/svg+xml
Producción científica sobre
compliance
en Brasil: un
estudio bibliométrico en la base
Spell
®
Sirlei Tonello Tisott
Doctora en Agronegocio
Universidade Federal de Mato Grosso do Sul, UFMS, Brasil
sirlei.tonello@yahoo.com.br
http://lattes.cnpq.br/1604397401494604
http://orcid.org/0000
-
0001
-
9432
-
234X
Sílvio Paula Ribeiro
Doctor en
Ciencias Contables
Universidade Federal de Mato Grosso do Sul, UFMS, Brasil
spribeiro@hotmail.com
http://lattes.cnpq.br/8666480609633926
http://orcid.org/0000
-
0001
-
9169
-
1190
Cleston Alexandre dos Santos
Doctor en Ciencias Contables y Administración
Universidade Federal de Mato Grosso do Sul, UFMS, Brasil
cleston.alexandre@ufms.br
http://lattes.cnpq.br/7454296010892827
https://orcid.org/0000
-
0001
-
7014
-
6644
Lianice Munaretto
Graduada
en Ciencias Contables
Universidade Federal de Mato Grosso do Sul, UFMS, Brasil
liamunaretto@icloud.com
http://lattes.cnpq.br/3198129553303651
https://orcid.org/0009
-
0007
-
1445
-
0896
Disponi
ble
:
https://doi.org/10.5965/2764747112222023092
Fecha de
E
nvío:
6 de diciembre de 2022
Fecha de
Aprobación
:
1 de marzo de 2023
Edición:
v. 12, núm. 22, p.
0
95
-
116
, jun. 2023
image/svg+xml
96
Producción científica sobre
compliance
en Brasil: un estudio bibliométrico en la base
Spell
®
Resumen
Objetivo:
Este estudio analizó
cómo se configuran las investigaciones brasileñas sobre
compliance
en la base
Spell
®.
Método:
Estudio bibliométrico que utilizó, para la recopilación
de datos, el término “
compliance
” en el título de los artículos, considerando todos los años de
la base hasta el año 2021.
Resultados:
Los resultados arrojaron 19 artículos sobre el tema, el
80% de los cuales se publicaron en los últimos tres años, del 2018 al 2020. Los autores de las
pu
blicaciones proceden de diferentes universidades, y la calidad de los artículos científicos es
alta, considerando que aproximadamente el 70% de ellos están clasificados en los estratos A3
y A4 de Qualis/Capes. Se observaron beneficios de implementar un pro
grama de
compliance
en las empresas para combatir y prevenir el lavado de dinero, lograr buena reputación en el
mercado, mitigar riesgos con fraudes, corrupción y pérdidas financieras, y lograr transparencia
y credibilidad de las entidades públicas y priva
das.
Contribuciones:
Esta investigación
contribuye en forma de estímulo a los investigadores para una profundización teórico
-
empírica
sobre
compliance
y a otros lectores (gestores, empresarios y ejecutivos) ofrece un panorama
conceptual y regulatorio, y pr
esenta los beneficios del
compliance
para las empresas. Se
concluye que el tema aún es poco explorado teórica y empíricamente en el ámbito académico,
lo que permite inferir que aún existe un vasto campo de investigación empírica que explorar en
futuros est
udios.
Palabras clave:
Reputación. Compliance. Credibilidad.
Competitividad.
Riesgos.
Produção científica sobre
compliance
no Brasil: estudo bibliométrico na base
Spell
®
Resumo
Objetivo
:
Este estudo analisou
como se configuram as pesquisas brasileiras sobre
compliance
na base
Spell
®.
Método:
Estudo bibliométrico utilizando, para a coleta de dados,
o termo “
compliance
” no título dos artigos, considerando todos os anos da base até o ano de
2021.
Resultados:
Os
resultados retornaram 19 artigos sobre o tema, sendo 80% deles
publicados nos últimos três anos
–
de 2018 a 2020. Os autores das publicações são provenientes
de diferentes universidades e a qualidade dos artigos científicos é alta, tendo em vista que
aprox
imadamente 70% deles estão classificados nos estratos A3 e A4 do Qualis/Capes. Foram
observados benefícios da implementação de um programa de
compliance
nas empresas, como
combate e prevenção à lavagem de dinheiro,
boa reputação no mercado, mitigação de ri
scos
com fraudes, corrupção e prejuízos financeiros, transparência e credibilidade de entidades
públicas e privadas.
Contribuições:
Esta pesquisa contribui sob a forma de estímulo aos
pesquisadores para um aprofundamento teórico
-
empírico sobre
compliance
e aos demais
leitores (gestores, empresários e executivos) fornece um panorama conceitual, regulatório e
apresenta os benefícios do
c
ompliance
para as empresas. Conclui
-
se que o tema ainda é pouco
explorado teórica e empiricamente no meio acadêmico, o que permite inferir que ainda há um
vasto campo de pesquisas empíricas a serem exploradas em estudos futuros.
Palavras
-
chave
:
Reputação.
Compliance
.
Credibilidade.
Competitividade. Riscos
.
image/svg+xml
97
Scientific production on compliance in Brazil: a bibliometric study in the Spell®
database
Abstract
Objetivo
:
Este estudo analisou
como se configuram as pesquisas brasileiras sobre
compliance
na base
Spell
®.
Método:
Estudo bibliométrico utilizando, para a coleta de dados,
o termo “
compliance
” no título dos artigos, considerando todos os anos da base até o ano de
2021.
Resultados:
Os
resultados retornaram 19 artigos sobre o tema, sendo 80% deles
publicados nos últimos três anos
–
de 2018 a 2020. Os autores das publicações são provenientes
de diferentes universidades e a qualidade dos artigos científicos é alta, tendo em vista que
aprox
imadamente 70% deles estão classificados nos estratos A3 e A4 do Qualis/Capes. Foram
observados benefícios da implementação de um programa de
compliance
nas empresas, como
combate e prevenção à lavagem de dinheiro,
boa reputação no mercado, mitigação de ri
scos
com fraudes, corrupção e prejuízos financeiros, transparência e credibilidade de entidades
públicas e privadas.
Contribuições:
Esta pesquisa contribui sob a forma de estímulo aos
pesquisadores para um aprofundamento teórico
-
empírico sobre
compliance
e
aos demais
leitores (gestores, empresários e executivos) fornece um panorama conceitual, regulatório e
apresenta os benefícios do
compliance
para as empresas. Conclui
-
se que o tema ainda é pouco
explorado teórica e empiricamente no meio acadêmico, o que p
ermite inferir que ainda há um
vasto campo de pesquisas empíricas a serem exploradas em estudos futuros.
Palavras
-
chave
:
Reputação.
Compliance
.
Credibilidade.
Competitividade
.
Riscos
.
Introducción
Las pérdidas ocasionadas por fraudes
corporativas, corrupción, falta de ética y
negligencia empresarial afectan directamente a los
stakeholders
—
inversionistas, clientes,
proveedores, gobierno, sociedad y medio ambiente
—
pueden llevar a las organizaciones al
fracaso (Calixto et al., 2020; Cos
ta et al., 2020). Sin embargo, contrari
as
e intolerante
s
con los
actos fraudulentos y de corrupción corporativa, diversas empresas implementan prácticas
acordes a la
ley. La idea es desarrollar sus actividades
de
acuerdo con la legislación vigente y
con la
normativa interna/externa, a
doptando
la implementación de programas de
compliance
,
en busca de credibilidad en el mercado.
En Brasil, esta tendencia corporativa se debió especialmente al advenimiento de la Ley
n.º 12.846, de 1 de agosto del 2013, también
conocida como la Ley Anticorrupción, que “prevé
la responsabilidad administrativa y civil de las personas jurídicas por la práctica de actos contra
la administración pública, nacional o extranjera” (2013). El artículo 7.º de dicha ley establece
que “para l
a aplicación de las sanciones se tendrá en cuenta lo siguiente: […] la existencia de
mecanismos y procedimientos internos de integridad, auditoría e incentivo a la denuncia de
irregularidades y
a
la aplicación efectiva de códigos de ética y de conducta en
el ámbito de la
persona jurídica” (2013).
Si bien el incentivo que otorga la referida ley solo es capaz de abarcar a las personas
jurídicas que practiquen actos con la administración pública nacional o extranjera, algunas
empresas han reconocido la importa
ncia del tema e incorporado acciones de
compliance
a su
rutina de trabajo. Según Melo et al. (2019), a partir del referido marco regulatorio, el
compliance
cobró mayor visibilidad en Brasil, ya que fomentó acciones para combatir la
image/svg+xml
98
corrupción y las accione
s fraudulentas. Mediante la ley anticorrupción, las organizaciones
brasileñas comenzaron a implementar sus programas de
compliance
. A título de ejemplo,
podemos mencionar a Siemens, que implementó acciones de
compliance
(Selhorst, 2014),
Votorantim Cimento
, que mantiene el programa de
compliance
desde el 2013, con campañas
de comunicación sumadas a
capacitaciones
para los empleados y directores de la compañía
(Votorantim, 2021).
Dada la importancia del tema, surge la siguiente pregunta: ¿Qué significa ese t
érmino
en inglés que se convierte en departamentos robustos dentro de las organizaciones y que cada
vez ha cobrado más protagonismo en el mundo corporativo? Para Morais (2005),
compliance
se refiere al deber de cumplir, de estar en conformidad y de hacer c
umplir las normas internas
y externas exigidas a las operaciones de la organización. Así, la expresión se usa para
denominar prácticas destinadas a mitigar los riesgos de fraude y corrupción dentro de las
organizaciones de cualquier ámbito de actividad.
Los denominados programas de
compliance
tienen como objetivo observar y cumplir
todas las normas legales vigentes, para hacer valer los esfuerzos de las empresas, sindicatos,
cooperativas y asociaciones en la creación e implementación de normas y procedimi
entos
internos. Estos programas buscan garantizar la observancia y el
cumplimiento
de la legislación,
para prevenir la práctica, aunque sea inconsciente o culposa, de actos ilícitos punibles, cuya
meta es promover una “cultura de
cumplimiento
” en las empre
sas.
Ante ello,
este estudio tiene como objetivo general analizar cómo se configuran las
investigaciones brasileñas sobre
compliance
en la base
Spell
®.
Bajo la delimitación de este
estudio, se deliberaron como objetivos específicos: identificar las investi
gaciones relacionadas
con el tema
compliance
en la base
Spell
®
; describir las principales características de las
investigaciones seleccionadas, así como el número de publicaciones por año, el origen de las
publicaciones, las palabras clave, las revistas qu
e publicaron los artículos y la clasificación
Qualis/Capes; resaltar los principales beneficios que pueden llevar a las empresas a
implementar un programa de compliance; identificar sugerencias para futuras investigaciones.
Para ello, el estudio se gui
o
po
r la siguiente pregunta: ¿cómo se configuran las investigaciones
brasileñas sobre
compliance
en la base
Spell
®
?
Como base metodológica se realizó un análisis bibliométrico con datos recopilados de
la base
Spell
®
. Para la búsqueda de artículos científicos s
e utilizó el término “
compliance
” en
el título de los artículos, considerando todos los años de la base, fundada en
el
2012, hasta
el
2021. Para reflexionar sobre los datos recopilados, la revisión de la literatura se basó en autores
como Coimbra et al. (2
010), Assi (2018), Block (2020), para vislumbrar el tema de manera
científica, anclad
a
en investigadores de ese ámbito.
En vista de lo anterior, la investigación se justifica por la escasez de investigaciones
sobre el tema del
compliance
, específicamente e
n la base
Spell
®
. Este nicho de investigación
aún es relativamente nuevo en Brasil y, por lo tanto, poco delimitado en el contexto académico
(Costa et al., 2020; Belarmino, 2020). Según Lin (2019), este concepto, como instrumento de
control corporativo, ha
sido ampliamente discutido en las economías desarrolladas, sin
embargo carece de estudios en las economías en desarrollo, lugar en el que las reglas, normas
y leyes no siguen el ritmo del crecimiento económico.
Por lo tanto, este estudio aborda un tema de
creciente relevancia para las empresas y la
sociedad (Melo et al., 2019), cuya mirada debe dirigirse a los cambios y tácticas implantadas a
nivel nacional e internacional, sobre todo cuando se trata de formas de inhibir el fraude y la
corrupción que gener
an pérdidas financieras y reputacionales. En este umbral, el
compliance
ayuda a promover una cultura de conformidad con la ética en las organizaciones como ventaja
competitiva (Neves, 2018).
image/svg+xml
99
Para efectos de la organización del hacer científico, este artículo se divide en las
siguientes secciones: introducción, revisión de la
literatura, procedimientos metodológicos,
resultados y discusión, consideraciones finales y referencias bibliográficas.
Revisión de literatura
Compliance: aspectos teóricos y conceptuales
Según Assi (2018, p. 19),
compliance
es un término en inglés derivado del verbo
to
comply
, que significa actuar de acuerdo con una regla “cumplir, obedecer y ejecutar lo que fue
determinado […]. Consiste en el deber de las empresas de promover una cultura que fomente,
en todos los miembros d
e la organización, la ética y el ejercicio del objeto social en
conformidad con la ley”. Estar en
compliance
se
refiere
al deber de cumplir con las leyes, los
reglamentos y las directrices en general. El principal objetivo es “mitigar el riesgo vinculado a
la reputación y el riesgo legal/regulatorio” (Coimbra et al., 2010, p. 2).
Estar en
compliance
significa permanecer en conformidad con las normas y
reglamentos internos y en consonancia con la legislación aplicable a la organización; actuar en
conformidad
con las leyes y normas inherentes a las actividades de la empresa y de acuerdo
con los códigos de ética y con las políticas internas de conducta (Block, 2020). El
compliance
está íntimamente relacionado con el deber de hacer lo correcto, se trata, por lo
tanto, del
comportamiento y de la obligación del individuo de actuar en conformidad con los preceptos
éticos y regulatorios (2020, p. 3).
De esta manera, hay una movilización directamente relacionada con las personas, cuyos
cargos pueden ser de directores,
gestores y empleados. Todas las acciones de estos individuos
deben estar asociadas a acciones de responsabilidad corporativa, con base en lo que es
adecuado y legal (Assi, 2018), es decir, todo debe estar relacionado con el actuar de forma ética
y respons
able en el ámbito de negocios y en la sociedad. Esto es esencial para el buen
funcionamiento de las negociaciones y alineaciones empresariales, para la idoneidad de la
organización, ya que los individuos que desempeñan funciones de
compliance
están en la
p
rimera línea contra el fraude y la corrupción. Tienen acceso a información específica,
oportuna y confiable que puede prevenir o detener un fraude en curso (Srere et al., 2015).
Por lo tanto, promover una cultura de
compliance
no es una tarea fácil, especi
almente
en Brasil. El gran obstáculo para la implementación de tácticas relacionadas con el
compliance
es “el
jeitinho
[comportamiento] brasileño, que termina influenciando a otros individuos para
que violen la regla y la norma” (Flach, 2012, p. 512) para buscar ventajas o solucionar
problemas más rápido, aunque de forma inadecuada. Culturalmente, en Brasil, las personas
o
las empresas buscan obtener ventajas de forma indiscriminada, por lo que mantener un
comportamiento ético y moral parece una tarea ardua. Sin embargo, esta cultura negativa tan
arraigada ya no se justifica y debe extirparse de todos los entornos (corpora
tivo y social)
mejorando las tácticas para combatir toda y cualquier especie de desviación de conducta. Como
señala Torres (
apud
Bombassaro, 2015, pág. 299), “la falta de ética destruye la confianza,
reduce la productividad de la acción en todas las dimens
iones de la vida social y termina por
causar
pérdidas
sustanciales e inequívocas al desarrollo económico y social del país”.
En ese sentido, también se percibe que estas desviaciones de conducta afectan el
entorno de negocios, provocan pérdidas para las em
presas y empresarios, por lo que requieren
normas preventivas (Kleindienst, 2019). Esta coyuntura permitió destacar el
compliance
, como
resultado de los masivos escándalos nacionales e internacionales que implican la práctica de la
corrupción y el lavado d
e activos (Assi, 2018). Así, surgió el enfoque de
compliance
con base
en la legislación norteamericana, con la creación de
Prudential Securities
, en 1950, y con la
image/svg+xml
100
regulación de
Securities and Exchange Commission
(SEC), de 1960 (Bertoccelli, 2021). Se
exp
andió a las actividades financieras norteamericanas en las décadas de 1980 y 1990, en
diversas organizaciones públicas y privadas (Assi, 2018).
Entre los actos normativos que internacionalizaron el concepto de
compliance
,
destacan
el
Foreign Corrupt Practi
ces Act
(FCPA), creado en EUA en 1977 y el
Anti
-
Bribery Act
(UKBA), creado en Reino Unido en el 2010 (Block, 2020). La FCPA tiene como objetivo
cohibir la práctica de la corrupción en los negocios en los que participen los Estados Unidos,
prohibiendo que
“cualquier organización que tenga sus acciones negociadas en la Bolsa de
Valores de Nueva York o que tenga una relación comercial con el país cometa actos de
corrupción que incluyan a agentes públicos de gobiernos en el extranjero” (2020, p. 3). A su
vez,
el UKBA, está dirigido a combatir los “actos de ofrecer, prometer, pagar, acordar recibir
o aceptar una ventaja; soborno de un funcionario extranjero; y la falla en la prevención de la
corrupción, ya sea en dinero, ya sea mediante cualquier ventaja, financ
iera o no” (2020, p. 3
-
4), incidiendo sobre organizaciones del Reino Unido, extranjeras con sucursales en su
territorio, funcionarios públicos y privados.
Las restricciones derivadas de estas leyes, situadas en los principales mercados del
mundo, provocaro
n cambios en otros países, ya que era necesario asimilarlas en la tendencia
de la integridad. Por esta razón, Brasil ha ratificado tres tratados internacionales para combatir
la corrupción, a saber:
•
Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públic
os Extranjeros en
Transacciones Comerciales Internacionales, de la Organización para la Cooperación y
el Desarrollo Económicos (OCDE) (Decreto n.º 3678, 2000);
•
Convención Interamericana contra la Corrupción (Organización de los Estados
Americanos, 1996);
•
C
onvención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, de la Organización de las
Naciones Unidas (ONU) (Decreto n.º 5687, 2006).
Además, la legislación brasileña comenzó a introducir, poco a poco, la idea de
programas de cumplimiento, mucho antes de que e
l término
compliance
estuviera en boga, a
saber:
•
Ley de Improbidad Administrativa (Ley n.º 8429, 1992);
•
Ley General de Licitaciones y Contratos (Ley n.º 8666, 1993);
•
Ley de Acceso a la Información (Ley n.º 12.527, 2011);
•
Ley de Defensa de la
Competencia (Ley n.º 12.529, 2011);
•
Código Penal
–
Delitos contra la administración pública (Código Penal, 2017).
Este contexto normativo demarcó avances en la legislación brasileña con la
promulgación de la Ley n.º 12.846, el 1 de agosto del 2013,
conocida como “Ley
Anticorrupción” o “Ley de la Empresa Limpia” (2013). Este aparato legal propicia los
compromisos internacionales asumidos por el país en la lucha contra la corrupción y ayuda a
establecer una mayor confiabilidad en las negociaciones de n
aturaleza internacional.
Bajo este sesgo, la Tabla 1 ilustra las similitudes y las diferencias entre la legislación
anticorrupción de diferentes países. Se resalta la no responsabilidad penal de la persona jurídica
por delitos cometidos contra la administr
ación pública, no admitida en el ordenamiento jurídico
brasileño, que solo establece la responsabilidad objetiva de la persona jurídica en las esferas
administrativa y civil por los actos lesivos.
image/svg+xml
101
Tabla 1
Comparación de legislación anticorrupción.
Descri
pción
FCPA
Norteamericano
UKBA
Británico
Ley n.º
12.846/2013
Brasileño
Corrupción de funcionarios
públicos extranjeros
Sí
Sí
Sí
Corrupción de funcionarios
públicos nacionales
No
Sí
Sí
Alcance extraterritorial
Sí
Sí
Sí
Dispositivos Contables y
Controles Internos
Sí
No
No. La existencia de CI y
Auditoría podrá reducir las
sanciones (Art. 7.°).
Otros actos dañinos
No
No
Sí
Excepción para pagos y
facilitación
Sí
No
No
Responsabilidad penal de la
persona jurídica
Sí
Sí
No
Responsabilidad objetiva
No
Sí
Sí
Multas
Hasta USD 2 millones por
violación anticorrupción.
Hasta USD 25 millones por
infracción contable.
Ilimitada
Multa del 20% de la
facturación bruta de la
empresa o hasta BRL 60
millones.
Otras sanciones
Declaración de inidoneidad,
seguimiento, etc.
Declaración de inidoneidad
Publicación de la decisión
condenatoria, suspensión o
interdicción de la
actividades, etc.
Crédito por la existencia de
un programa de
compliance
Sí
Sí
Sí
Crédito por informe
voluntario y cooperación
Sí
Sí
Sí
Fuente:
Adaptado de Block (2020, p. 33
-
34).
En línea con los datos mostrados en la Tabla 1, se puede decir con Mendes et al. (2017)
que hasta la promulgación de la Ley Anticorrupción, las medidas de
compliance
no se
difundían en Brasil, solo se observaban en empresas que mantenían transacciones
inte
rnacionales. Con la regulación legal, por medio del Decreto n.º 8.420 (2015), en su Art. 41,
el compliance se definió como un conjunto de mecanismos y procedimientos internos de
integridad, auditoría e incentivo a la denuncia de irregularidades, códigos de
ética y de
conducta, políticas y lineamientos para detectar y remediar las desviaciones, fraudes,
irregularidades y actos ilícitos cometidos contra la administración pública, nacional o
extranjera.
Aún bajo los preceptos del mencionado decreto, en su únic
o párrafo se destaca que el
“programa de integridad deberá estructurarse, aplicarse y actualizarse de acuerdo con las
características y riesgos actuales de las actividades de cada persona jurídica, la cual deberá
garantizar la mejora constante y adecuación
del referido programa, con el objetivo de garantizar
su efectividad” (2015). Así, este acto normativo tiene como
objetivo
animar medidas concretas
de gobernanza con el fin de prevenir, detectar y reparar actos lesivos al patrimonio de las
instituciones públicas y privadas (Mendes et al., 2017).
Decreto n.º 8.420 (2015), en su Art. 42, también establece los criterios para que
un
programa de integridad se considere eficaz. En resumen, establece los siguientes parámetros:
•
Compromiso de la alta dirección de la persona jurídica, incluidos los consejos;
image/svg+xml
102
•
Estándares de conducta, código de ética, políticas y procedimientos de integri
dad,
aplicables a todos los empleados, administradores y terceros;
•
Capacitación periódica sobre el programa de integridad;
•
Análisis periódico de riesgos para realizar las adaptaciones necesarias al programa de
integridad;
•
Registros contables y
controles internos que aseguren la pronta elaboración y
confiabilidad de los informes y estados financieros de la persona jurídica;
•
Procedimientos para prevenir fraudes y actos ilícitos en licitaciones, contratos
administrativos o en cualquier interacción
con el sector público;
•
Independencia, estructura y autoridad de la instancia interna responsable de la
aplicación del programa de integridad y fiscalización de su cumplimiento;
•
Canales de denuncia de irregularidades difundidos a empleados y terceros;
•
Medid
as disciplinarias en caso de violación del programa de integridad y
procedimientos que aseguren la pronta interrupción de las irregularidades o
infracciones;
•
Diligencias apropiadas para la contratación y supervisión de terceros;
•
Verificación, durante los p
rocesos de fusiones, adquisiciones y reestructuraciones
societarias, de la existencia de irregularidades o actos ilícitos o de vulnerabilidades en
las personas jurídicas involucradas;
•
Monitoreo del programa de integridad; y
•
Transparencia de la persona jurí
dica en lo que respecta a donaciones a candidatos y
partidos políticos.
Estos parámetros, cuya legislación ayudó a establecer, otorgan a las empresas mayor
claridad y confiabilidad en las negociaciones, situación que permite un intercambio recíproco
de be
neficios entre las partes. Esto solo fue posible gracias a la implementación del
compliance
.
Para Assi (2018), el
compliance
se basa en tres pilares principales: prevención,
detección y corrección. En primer lugar, las tácticas inherentes al proceso
preten
den
establecer
políticas y procedimientos de administración de la empresa, movilizar un código de ética y
aclarar las reglas de conducta que pueden o no practicarse. En segundo lugar, presupone la
necesidad de crear canales de denuncia, investigaciones y o
tras prácticas de detección de
inconformidades. En tercer lugar, se prescribe la alineación de la conducta con la corrección
de fallas, procesos y acciones correctivas en general. Este ciclo conforma la base de un
programa de
compliance
eficaz y establece
una cultura de cumplimiento en las empresas. La
Figura 1 ilustra el mapa conceptual de
compliance
.
image/svg+xml
103
Figura 1
Mapa conceptual de compliance
Fuente:
Elaborado por la autora con base en KPMG (2018).
Se trata de un programa de articulación estructurada de diferentes iniciativas,
comenzando por el compromiso de la alta administración, por la definición y comunicación de
valores éticos, además de la cre
ación de un código de conducta y mecanismos para la
detección/corrección de fallas e infracciones (Mendes et al., 2017). De acuerdo con
Stacchezzini et al.
(2020), el programa de
compliance
es un mecanismo de gobierno
corporativo que implica el compromiso
de todos los empleados, gerentes y directores de la
empresa durante la ejecución de sus actividades.
La práctica del
compliance
evoluciona con el tiempo y con el uso de artefactos como
tecnologías de la información, seminarios de capacitación e indicadores
de desempeño del
cumplimiento ayudan a difundir la comprensión práctica de las acciones necesarias para llevar
a cabo el programa y la comprensión general de las responsabilidades vinculadas a él
(
Stacchezzini
et al., 2020). Es importante resaltar que un
programa como este debe tener un
responsable del proceso de implementación. Volkow (2015) refiere que la empresa puede
seguir los preceptos éticos y tener políticas de cumplimiento, pero sin un responsable del área,
el programa quedará a la deriva y sujeto
a la ineficacia.
La Tabla 2 demuestra los nueve pilares del programa de cumplimiento, con base en los
requisitos de la
Federal Sentencing Guidelines
.
Tabla 2
Pilares del programa de compliance.
Pilares
Descripción
Apoyo de la alta
administración
Requiere participación y apoyo de la cumbre directiva y conocimiento del profesional
responsable del área de
compliance
para asegurar que el programa sea eficaz.
Evaluación de riesgos
Requiere conocimiento de los objetivos de la empresa y del programa de
compliance
.
Implica planificar, entrevistar, documentar, analizar datos y establecer las medidas
correctivas necesarias que servirán como base para construir el código de conducta, las
políticas y los esfuerzos de monitoreo.
Código de conducta y
políticas de
compliance
Es el fundamento principal, una vez que determina los derechos y obligaciones de todos
los que trabajan en la empresa.
image/svg+xml
104
Controles internos
Contribuyen a minimizar los rie
sgos operativos y de
compliance
, además de asegurar
que los libros y registros contables y financieros reflejen, de manera completa y precisa,
los negocios y operaciones de la empresa.
Capacitación y
comunicación
Todos los empleados de la empresa deben comprender los objetivos y las reglas del
programa de
compliance
, las normas y su función para asegurar el éxito del programa.
Canales de denuncia
Sirve para advertir a quienes incumplen las normas, el código de con
ducta o incluso
adoptan actitudes que violan las políticas de
compliance
.
Investigaciones internas
Responder a las denuncias de mala conducta, comprobar la veracidad de los hechos
constatados en las denuncias y aplicar sanciones en caso de infracciones al
código, tales
como medidas disciplinarias, independientemente de quién las haya causado. Es
necesario que las investigaciones sean íntegras y confiables, para que analicen las
circunstancias, los involucrados y la conducta.
Due diligence
La empresa debe aplicar un proceso robusto de contratación de socios, ya que es
necesario que tengan un historial comercial con prácticas éticas, para que en el futuro no
le presente un negocio inaceptable, como una propuesta que viole las reglas de la
pro
grama de
compliance
.
Monitoreo y auditoría
Permite
constatar si los otros pilares están desempeñando sus funciones según se
planificó.
Fuente:
Sibille et al. (2018).
Es relevante decir que el programa de
compliance
propuesto por Sibille et al. (2018),
descrito en la Tabla 2, está en línea con los parámetros establecidos por el Decreto n.º 8.420
(2015). Por lo tanto, el tema elegido ha cobrado importancia en el mundo corporativo e
institucional, ya sea para represent
ar un mercado diferencial frente a los competidores, para
abrir el mercado internacional frente a países destacados, para mejorar la imagen de las
empresas ante los inversionistas,
stakeholders
y clientes, o aun, para reducir las sanciones
impuestas por la
Ley Anticorrupción. Así, las mejores prácticas, los requisitos legales, las
regulaciones y las normas internas crearon la necesidad de un área de seguimiento del
cumplimiento de estas exigencias por parte de las corporaciones.
En junio del 2021, se public
ó la ISO 37301, Sistemas de Gestión de
Compliance
, con
el objetivo de proporcionar directrices para establecer, desarrollar, implementar, evaluar,
mantener y mejorar un sistema de gestión de
compliance
eficaz dentro de una organización,
volviéndolos aptos
para la certificación ISO (Asociación Brasileña de Normas Técnicas, 2021).
Así, en la continuidad de esta discusión, en el próximo subapartado se presentan algunos
beneficios del
compliance
para las empresas.
¿Por qué implementar un programa de compliance
?
Para responder a la pregunta del título de este subapartado, es necesario tener presente
que los conceptos de
compliance
, sus normas, leyes y comportamiento ético, indiscutiblemente,
contribuyen a las empresas, ya que el programa promueve la “mejora de
las relaciones con los
clientes, accionistas y demás
stakeholders
y favorece una fuerte coordinación interna destinada
a mitigar el riesgo de pérdida de la reputación de la empresa” (Block, 2020, p. 3). Por lo tanto,
se puede conjeturar que sus tácticas tr
aen efectos positivos al entorno corporativo, haciéndolo
más habitable y capaz de influir éticamente en las relaciones con los inversionistas y demás
stakeholders
.
Con base en lo anterior, Neves (2018) resume en ocho los principales beneficios de que
puede
n gozar las empresas con la implementación del programa:
•
Reducción de riesgos de cometer infracciones a la legislación, que pueden resultar en
multas, sanciones, prohibición de contratar con instituciones públicas e incluso la
extinción de la
empresa;
image/svg+xml
105
•
Reducción de penas en caso de que la empresa viole las leyes y sufra una condena;
•
Imagen incorruptible de los administradores, gerentes, directores y consejeros;
•
Reducción de la pérdida de ingresos, por compras de bienes y servicios que no
estén de
acuerdo con los precios de mercado;
•
Buena reputación que potencia la realización de propuestas más prometedoras de
negocios y contratos con los clientes, situación que ayuda a atraer y retener
profesionales talentosos en sus equipos de colaborador
es;
•
Condiciones para la captación de inversiones financieras de la banca pública y privada,
así como de inversiones extranjeras;
•
Diferencial competitivo que representa tener un programa de integridad efectivo;
•
El orgullo de trabajar en una empresa o entida
d que tiene como principios rectores de
los negocios la integridad y la honestidad.
Además de estos puntos destacados por Neves (2018) y Block (2020), también hay
puntos tangibles establecidos por la legislación vigente que demuestran los beneficios de
es
tructurar programas de
compliance
en las empresas. El primero de ellos nació con la Ley
Anticorrupción: la atenuación de las sanciones impuestas a las personas jurídicas consideradas
responsables de violar esta legislación. La ley prevé una multa del 0,1%
al 20% de los ingresos
brutos del último ejercicio fiscal anterior a la instauración del proceso administrativo (Ley n.º
12.846, 2013). En consecuencia, existe también un riesgo de daño reputacional por la
publicación de la decisión condenatoria, sin perju
icio de la obligación de indemnizar
íntegramente el daño.
Otro factor que fomenta la implementación de programas de
compliance
también
destacado por Neves (2018) está previsto en la Ley de Licitaciones y Contratos Administrativos
(Ley n.º 14.133, 2021) en
su artículo 25, párrafo 4: “en las contrataciones de obras, servicios y
suministros de gran envergadura, el pliego de condiciones deberá prever la implementación
obligatoria de un programa de integridad por parte del proponente vencedor” y, en caso de
empa
te entre dos o más propuestas, uno de los criterios de desempate es el “desarrollo por parte
del proponente del programa de integridad”, según los que establece el artículo 60, inciso IV.
Esta Ley también considera la implementación o la mejora de un progr
ama de integridad en la
aplicación de sanciones, previsto en el artículo 156, párrafo 1.º, inciso V.
De acuerdo con la Ley de Licitaciones y Contratos Administrativos (Ley n.º 14.133,
2021), se establece que corresponde a los empresarios que pretendan part
icipar en licitaciones
con la administración pública, en la contrataciones de obras, servicios y suministros de gran
envergadura, entendiéndose así aquellas que excedan el monto de BRL 200.000.000,00
(doscientos millones de reales), que mantengan un progra
ma de
compliance
efectivo como
condición para participar. Cabe señalar que la existencia de programas como este se configura
como un factor diferencial en caso de empate, además es un factor que tener en cuenta para
reducir las sanciones en caso de infracc
iones. Al respecto, se encuentran explícitos, en la Ley
Anticorrupción y en la Ley de Licitaciones y Contratos Administrativos, tres beneficios de la
implementación del programa de
compliance
: la reducción de sanciones en caso de que la
empresa cometa una
violación legal y sufra una condena, acceso al mercado de licitaciones y
el diferencial competitivo.
En vista de lo discutido, en los últimos años, la importancia del tema de
compliance
en
el contexto empresarial y su robustez en la legislación brasileña,
lo que lo vuelve
imprescindible para erigir y mantener la credibilidad, la buena imagen y la reputación, el acceso
a ciertos mercados (licitaciones ) y el diferencial competitivo.
image/svg+xml
106
Procedimientos metodológicos
Esta investigación se centró en el tema del
compliance
, con el objetivo de analizar cómo
se configuran las investigaciones brasileñas sobre el
compliance
en la base
Spell
®.
Metodológicamente, el estudio se clasifica como exploratorio y descriptivo, con un
enfoque
cualitativo con datos cuantitativos (Creswell, 2010). Según Gil (2008), la investigación
exploratoria proporciona una mayor familiaridad con el problema, la mejora de ideas o el
descubrimiento de intuiciones, mientras que la investigación descripti
va describe
características de una determinada población o fenómeno. La unión de ambos procedimientos
contribuyó a la delimitación de los datos recopilados.
El enfoque primario partió de la recopilación de artículos científicos en la base de datos
Scientif
ic Periodicals Electronic Library
(
Spell
®),
seguido del análisis bibliométrico, una
herramienta importante para evaluar la producción científica (Prado et al., 2016).
Spell
® es un
repositorio de artículos científicos y brinda acceso gratuito a la
información técnico
-
científica,
y tenerlo como fuente contribuyó a una recopilación fidedigna.
Se buscó
el término “
compliance
” en el título de los artículos. Como perímetro
temporal, se consideraron todos los años de la base hasta junio del 2021, un perío
do de nueve
años. Este proceso de búsqueda arrojó 66 artículos científicos clasificados en las áreas de
conocimiento de Administración y Contabilidad, en varios idiomas. Para la selección de datos,
se utilizó un filtro para seleccionar un tipo específico d
e publicación: “artículo científico”. Esto
excluyó las demás formas de publicación académica presentes en la plataforma.
Tras la lectura previa de los títulos de los artículos y de los resúmenes, de forma manual,
se eliminaron 47 textos que no tenían relac
ión con el objetivo de la investigación, restando solo
19 artículos. A continuación, se leyeron los artículos científicos en su totalidad, seleccionando
la información necesaria para el análisis bibliométrico, identificando sugerencias para futuras
investi
gaciones y beneficios de implementar el programa de
compliance
en las empresas.
Luego los datos se organizaron en hojas de cálculo, además de la producción de gráficos
y tablas ilustrativas, utilizando herramientas de Excel
®.
Se realizó un proceso analític
o que
orientó los hallazgos de esta investigación, siguiendo el criterio del análisis bibliométrico con
las siguientes categorías: mapeo del número de publicaciones a lo largo de los años, autores de
los artículos científicos, palabras clave más utilizadas
, procedencia institucional de los autores,
revistas que más publicaron y la calidad de las publicaciones según indicadores Qualis/Capes.
Finalmente, los datos presentados en gráficos y tablas se analizaron cualitativamente,
confirmando o reafirmando halla
zgos de estudios anteriores.
Resultados y discusión
Configuración de las búsquedas sobre el tema de compliance en la base de datos Spell
®
En este tópico, se ordenan características fundamentales
de las investigaciones sobre
compliance
. El análisis se basó en 19 artículos, de los cuales aproximadamente el 80% se
publicaron entre el 2018 y el 2020. Por lo tanto, se puede afirmar que el tema está emergiendo
en el área de negocios, comenzando a sobresalir en los indicadores de producción c
ientífica de
la base
Spell
®
, con un incremento creciente y reciente. Este hallazgo dialoga con los estudios
de Belarmino (2020) y Costa et al. (2020), demostrando también que el tema es incipiente en
Brasil, así como poco explorado en el medio académico. A
demás, cabe señalar que existe un
mayor número de estudios sobre el tema a partir de la Ley Anticorrupción (Ley n.º 12.846, del
2013), promulgada el 29 de enero del 2014, además de su decreto reglamentario (Decreto n.º
8.420, del 2015).
image/svg+xml
107
Con base en estos d
atos, el Gráfico 1 ilustra la evolución de las publicaciones científicas
sobre el tema de
compliance
en la base
Spell
®
. También se observa en el Gráfico 2 la incidencia
de la coautoría, recurrentemente, de dos a tres autores por artículo, representando
apr
oximadamente el 85% de las investigaciones.
Gráfico 1
Número de publicaciones por año
Fuente:
Datos de la investigación (2021).
Gráfico 2
Número de autores por publicación
Fuente:
Datos de la investigación (2021).
En cuanto a las palabras
clave, en el total de publicaciones se presentaron 73, y la más
frecuente fue la palabra '
compliance
', que apareció en 18 artículos, seguida de la expresión
“control interno” y “gobierno corporativo”, en cuatro artículos cada una, “ética”, en tres textos,
“auditoría”, en dos artículos, y “lavado de dinero”, en dos. También hay otras palabras
relacionadas con el tema: “riesgos y cumplimiento”, “prevención de la corrupción”, “programa
de integridad”, “programa de
compliance
”, “gestión del
compliance
”, “canal
de denuncia
anónima”, “integridad”. Estos, sin embargo, aparecen una sola vez en la lista de artículos
analizados.
El origen institucional de los autores de las publicaciones se distribuye en varias
universidades. Hay una mayor concentración en la Universi
dade Federal de Santa Catarina
(UFSC), con seis autores, y en la Universidade Federal Rural de Pernambuco (UFRPE), con
siete investigadores, de un total de 48 académicos que desarrollaron investigaciones sobre este
tema.
Se observa que la revista que más a
rtículos publicó fue
la
Revista Metropolitana de
Governança Corporativa
, hay cuatro publicaciones, seguidas de
la
Revista Eletrônica de
Estratégia & Negócios
, con tres publicaciones, y las revistas
de la CGU
,
Evidenciação
Contábil & Finanças
e
Gestão e Pla
nejamento
, con dos. Los demás tienen una sola publicación
por revista.
1
0
0
0
2
1
2
5
8
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
Ano da publicação
0
5
10
15
1 autor
2 autores
3 autores
4 autores
image/svg+xml
108
La Tabla 3 muestra el origen de las publicaciones. Para ello, se identificó la ubicación
de cada autor, por universidad. En ella, se destacan en negrita los
locus
de mayor incidencia.
Tabla 3
Origen de las publicaciones.
Origen de las publicaciones
–
número de autores por universidad
Frecuencia
%
Centro Universitário
–
Católica de Santa Catarina
1
2%
Centro Universitário Campo Limpo Paulista (UNIFACCAMP)
1
2%
Faculdades
Metropolitanas Unidas (FMU)
2
4%
Fundação Getúlio Vargas (FGV
-
EAESP)
1
2%
Fundação Mineira de Educação e Cultura (Fumec)
3
6%
Instituto Brasileiro de Mercado de Capitais (IBMEC)
1
2%
Instituto de Educação Tecnológica (Ietec)
3
6%
Pontifícia
Universidade Católica de Minas Gerais (PUC
-
Minas)
4
8%
Universidade de São Paulo (USP)
2
4%
Universidade do Estado do Rio Grande do Norte (UERN)
3
6%
Universidade Federal de Ciências da Saúde de Porto Alegre (UFCSPA)
2
4%
Universidade Federal de
Minas Gerais (UFMG)
1
2%
Universidade Federal de Santa Catarina (UFSC)
6
13%
Universidade Federal do Rio de Janeiro (UFRJ)
3
6%
Universidade Federal Rural de Pernambuco (UFRPE)
7
15%
Universidade Nove de Julho (Uninove)
3
6%
Universidade
Regional do Estado do Rio Grande do Sul (Unijuí)
3
6%
Universidade Salvador
2
4%
Total
48
100%
Fuente:
Datos de la investigación (2021).
A continuación, se identificaron las revistas que más artículos publicaron en el frente
de investigación sobre el tema de
compliance
. La calidad de las publicaciones también se
analizó mediante el indicador Qualis/Capes, como se muestra en la Tabla 4.
El Q
ualis/Capes es un indicador de la calidad de la producción científica de los
programas de posgrado y se divide en estratos, en orden decreciente de valor de A1 a C. Por lo
tanto, según los datos presentados en la Tabla 4, se resalta que alrededor del 70% d
e las
publicaciones se clasifican en los estratos A, con una indicación de mayor valor relativo a la
calidad de la producción científica.
Tabla 4
¿Dónde se publicaron los artículos?
Nombre de la revista
Qualis/2021
Frecuencia
%
Enfoque: Reflexão
Contábil
A3
1
5%
Revista da CGU
–
Controladoria Geral da União
s/
Q
ualis
2
11%
Revista de Empreendedorismo e Gestão de Pequenas Empresas
A3
1
5%
Revista Eletrônica de Estratégia & Negócios
A3
3
16%
Revista Evidenciação Contábil & Finanças
A3
2
11%
Revista Gestão & Tecnologia
A3
1
5%
image/svg+xml
109
Revista Gestão e Planejamento
A3
2
11%
Revista Metropolitana de Governança Corporativa
B3
4
21%
Revista Reuna
A4
1
5%
Sociedade, Contabilidade e Gestão
A3
1
5%
Teoria e Prática em Administração
A3
1
5%
Total
19
100%
Fuente:
Datos de la investigación (2021).
Estos resultados brindan una visión panorámica de las investigaciones sobre el
compliance
en la base de datos elegida, lo que permite identificar sus impulsores y señalar la
tendencia en el desarrollo del tema. A lo largo de los años, muestra que los intereses sobre el
tema de
compliance
se han intensificado en Brasil con el advenimiento de la
legislación, una
vez que los eventos históricos de fraude y corrupción en las empresas se han convertido en
necesidades del conocimiento científico para la discusión de estos fenómenos y la búsqueda de
herramientas y alternativas para la protección y cump
limiento éticos de las empresas.
Beneficios de la implementación del programa de compliance para las empresas
Con respecto al programa en estudio, la Tabla 5 enumera los beneficios de implementar
programas de
compliance
destacados por los artículos analizados en esta investigación. Cabe
señalar que se enumeraron 12 artículos que concluyeron con alguna conveniencia
la
implementación de estos programas. Los demás artículos se centraron en otros temas y, en
consecuencia, en sus conclusiones no demuestran las ventajas de la adhesión y, por lo tanto, no
se incluyen en la tabla mencionada.
Tabla 5
Beneficios de la impl
ementación del compliance.
Objetivo
Beneficios de la implementación del
compliance
Metodología
Referencia
Verificar los impactos de la
implementación del
compliance
en la prevención y
en el combate al lavado de
dinero en Brasil.
Los beneficios percibidos por los autores en esta
investigación fueron el combate y la prevención
del lavado de dinero.
Investigación
exploratoria
Enfoque
cualitativo
Amorim,
Cardozo y
Vicent
e
(2012)
Verificar la percepción de los
micro y pequeños empresarios
acerca del
compliance
.
Una buena reputación en el mercado es uno de los
activos más importantes que puede tener una
empresa, los programas de
compliance
son
importantes aliados en este proceso.
Survey
Enfoque
cualitativo
Belarmino
(2020)
Analizar las prácticas de
compliance
ado
ptadas por la
empresa Aduaneira.
El
compliance
también se puede aplicar en
pequeñas y medianas empresas, y el estudio
destacó la importancia de la gestión por el
ejemplo para el buen funcionamiento de las
medidas de cumplimiento.
Estudio de caso
Enfoque
cu
alitativo
Chiaretto,
Batista y
Barbosa
(2017)
Comprender las prácticas de
compliance
adoptadas en una
empresa de gran envergadura.
Disminuir el riesgo de corrupción en las grandes
empresas, aumentar el grado de transparencia de
estas acciones y la
credibilidad en el mercado.
Estudio de caso
Enfoque
cualitativo
Costa et al.
(2020)
Identificar los mecanismos de
cumplimiento aplicables en los
hospitales públicos brasileños.
El
compliance
respalda una política
anticorrupción, ayuda a evitar o reducir l
os
costos, riesgos y daños que implica la práctica
ilícita, además de promover la confianza en su
servicio y aumentar su reputación.
Revisión
bibliográfica
Enfoque
cualitativo
Machado
Faria (2018)
image/svg+xml
110
Estado del arte sobre el
compliance
y su proceso de
gestión en instituciones de
salud en Brasil.
El
compliance
es capaz de promover la
transparencia y el cumplimiento de las normas,
leyes y directrices de una organización. Es un
diferencial competitivo y de culturización de las
empresas.
Re
visión
sistemática de la
literatura
Enfoque
cualitativo
Garcia e
Libânio
(2021)
Analizar los controles internos
de una cooperativa de crédito,
con base en los apuntes de la
auditoría interna y de
compliance
.
El
compliance
es importante para potenciar los
resultados obtenidos con las auditorías y debe ser
visto como una seguridad, convirtiéndose en una
cultura cultivada por empresas confiables y
correctas ante la ley.
Estudio de caso
Enfoque
cualitativo
Haas, Vieira
y Brizolla
(2020)
Investigar la relación
entre las
prácticas de
compliance
y su
eficacia en la respuesta a los
riesgos corporativos en Brasil.
El
compliance
representa una herramienta
preponderante en el proceso de mitigación de
riesgos.
Survey
Enfoque
cuantitativo
Melo y Lima
(2019)
Describir de forma aplicada la
evolución del área de
compliance
.
La organización necesita buscar el
compliance
como un medio para fortalecer su posición en el
mercado.
Estudio de caso
Enfoque
cualitativo
Nakamura,
Nakamura y
Jones (2019)
Analizar los procedimientos
necesarios a la estructuración e
implementación de las áreas de
control interno y
compliance
.
Los autores resaltan la importancia del control
interno y del
compliance
para garantizar la salud
financiera, la transparencia y la ét
ica.
Investigación
exploratoria
Enfoque
cualitativo
Santana y
Silva (2021)
Evaluar el proceso de
reestructuración del gobierno
corporativo y del
compliance
de Odebrecht S.A.
La reestructuración del gobierno corporativo y del
compliance impulsó el
inicio del
perfeccionamiento del sistema de cumplimiento y
la difusión de las mejores prácticas.
Estudio de caso
Enfoque
cualitativo
Silva y
Monteiro
(2019)
Analizar los resultados de la
adopción de prácticas de
compliance
en el sector de
petróleo y gas.
Buena reputación en el mercado para captar
fondos en bolsas de valores o por medio de
crédito bancario.
Survey
Enfoque
cuantitativo
Souza,
Filardi e
Irigaray
(2020)
Fuente:
Datos de la investigación (2021).
Cabe resaltar que, en el mundo corporativo, es común trazar un paralelismo entre costo
y beneficio para convencer la aprobación de un proyecto. Sin embargo, en lo que respecta al
compliance
, es difícil señalar el costo
-
beneficio de su
implementación, ya que la prevención
de riesgos difícilmente es medible, según el estudio de Nakamura et al. (2019).
A pesar de la dificultad de medir monetariamente los beneficios de la prevención, los
artículos analizados aportaron una lista extensa de b
eneficios relacionados con la
implementación de programas de
compliance
(Tabla 5). Según Block (2020, p. 23), “la célebre
frase del ex Fiscal General Adjunto de los Estados Unidos, Sr. Paul McNulty lo ilustra bien: Si
crees que el
compliance
es caro, trata
de no cumplirlo o de no tenerlo”.
En resumen, se destacan los siguientes beneficios: buena reputación en el mercado,
potenciando un diferencial competitivo; la mitigación de riesgos, ya sea de fraude, corrupción,
pérdidas financieras, combate al lavado de
dinero, entre otros; el aumento del grado de
transparencia y, en consecuencia, de la credibilidad de la organización; el compromiso de hacer
lo correcto para los
stakeholdes
y la sociedad como un todo. De esta forma, también se puede
verificar la importan
cia del
compliance
independientemente del tamaño de la organización. En
los estudios analizados, hay verificación del tema en pequeñas, medianas y grandes empresas.
Estar alineado con el alcance de las normativas institucionales y mercadológicas es
fundame
ntal para el éxito.
En vista de lo anterior, pronto se observa que, ya sea para disfrutar de algún beneficio
objeto de la legislación vigente, como se destacó anteriormente en este trabajo, ya sea teniendo
en cuenta los beneficios prácticos ya observados e
n empresas que cuentan con programas
activos de compliance, es evidente que la implementación del programa de
compliance
es
ventajos
a
para las empresas. El análisis realizado en este estudio destaca la relevancia del tema
image/svg+xml
111
para las empresas e indica que est
ar en conformidad con las normas y leyes es un buen camino
hacia la prosperidad de los negocios.
Agenda de investigaciones futuras
Después de analizar los 19 artículos sobre
compliance
, se indicaron temas para futuras
investigaciones, que se muestran en
la Tabla 6. Cabe mencionar que en seis artículos no hubo
propuestas de futuras investigaciones, una movilización metodológica que contribuye a la
continuidad de reflexiones venideras.
De los 13 artículos restantes, dos fueron excluidos por no ser relevante
s para el tema
estudiado, y cinco recomiendan retomar el tema de investigación en el futuro, por lo que los
autores demuestran que sus trabajos demandan profundización o madur
ez
de la aplicabilidad
de los programas de
compliance
en las instituciones públic
as y privadas. Otros cinco trabajos
sugieren que el objeto de la investigación se aplique en otros públicos y localidades, para
ampliar el alcance del tema investigado. Además, tres artículos enumeraron temas
complementarios para futuras investigaciones.
Tabla 6
Agenda de investigaciones futuras.
Referencia
Indicación de futuras investigaciones
Belarmino (2020)
Se sugiere realizar nuevos estudios con el entendimiento de las micro y pequeñas
empresas sobre el
compliance
en diferentes localidades y con un muestreo más
significativo.
Birchal et al. (2020)
La evaluación de los impactos de la implementación del
compliance
.
Chiaretto et al. (2017)
Realizar nuevas investigaciones en pequeñas y medianas organizaciones, con el fin de
verificar la existencia del
compliance
, las prácticas que se realizan, así como
relacionar estas prácticas con el desempeño organizacional.
Costa et al. (2020)
Se recomie
nda realizar una nueva investigación tras la madur
ez
de la empresa con
respecto al
compliance
.
Machado Faria (2018)
Se recomienda realizar investigaciones empíricas que se centren específicamente en
la realidad de los hospitales públicos
brasileños.
Garcia et al. (2021)
Se sugiere desarrollar nuevos estudios centrados en comparaciones de instituciones de
salud con alguna práctica o programa de
compliance
con relación a otras sin ningún
programa o práctica de
compliance
en Brasil.
Nakamur
a et al. (2019)
Se recomienda realizar otros estudios con el reporte de experiencias en otras
instituciones financieras, proporcionando un conjunto de ventajas de
compliance
para
el sector.
Santana et al. (2021)
Señalan la necesidad de investigaciones para mapear y profundizar el uso de
softwares
de gestión que faciliten el cumplimiento de la legislación vigente, ya que estas
herramientas pueden apoyar la implementación de las áreas de control interno y
compliance
en las empresas.
Silva et al. (2020)
Se pueden realizar investigaciones futuras para verificar si, en el futuro, las
intenciones de denuncia se ven afectadas por la presencia del canal o, en caso
contrario, incentivar esfuerzos para comprender
más profundamente este fenómeno
en el mercado brasileño.
Silva et al. (2019)
Profundización subsiguiente de la investigación en el futuro, recogiendo nuevos datos
y resultados que permitan evaluar con más dominio la efectividad del programa a
medio y larg
o plazo. Y por tratarse de un tema relativamente nuevo en Brasil, también
se recomienda realizar investigaciones similares en otras grandes empresas del país,
considerando la baja madurez de las empresas brasileñas con respecto al tema.
Sousa et al. (2020
)
Se sugiere que se lleven a cabo más investigaciones sobre los resultados de la adopción
de la Guía del IBP en el sector de petróleo y gas en tres o cinco años.
Fuente:
Datos de la investigación (2021).
image/svg+xml
112
Entre las propuestas enumeradas está la realización de investigaciones con micro,
pequeñas y medianas empresas. El tema del
compliance
se aplica a cualquier tipo, rama y
tamaño de empresa, porque insertarse en este contexto de cumplimiento es una condición de
supervivencia, una necesidad para prosperar en el mercado competitivo (Chiaretto et al., 2017;
Belarmino, 2020). Además, como el t
ema es relativamente nuevo en Brasil (Belarmino, 2020;
Costa et al. 2020), lo que indica que las empresas están comenzando a estudiar e implementar
sus programas de
compliance
. Por lo tanto, es importante que más estudios evalúen los
impactos y verifiquen
la efectividad de los programas en el mediano y largo plazo. Estos puntos
identificados permiten inferir que existe un vasto campo de investigación en el área académica
y empírica que explorar en futuros estudios.
Consideraciones finales
Al finalizar est
e estudio, que analizó cómo se configuran las
investigaciones brasileñas
sobre
compliance
en la base
Spell
®, fue posible identificar 19 publicaciones sobre el tema, con
mayor concentración en los años 2018 a 2020. Se puede concluir que son pocos los artícu
los
científicos sobre el tema publicados en esta fuente de datos, y los existentes surgieron
tras el
advenimiento de la Ley Anticorrupción (Ley n.º 12.846, del 2013) y su decreto reglamentario
(Decreto n.º 8.420, del 2015), con un solo artículo que precede
a esta legislación.
En este umbral, aun cabe decir que el origen de los autores de las publicaciones se
distribuye en varias universidades, y la calidad de las publicaciones es alta, teniendo en cuenta
que alrededor del 70% de ellas se clasifican en los e
stratos A3 y A4 de Qualis/Cap
e
s. Esto
aporta
credibilidad a los estudios desarrollados y brinda condiciones para ampliar las
consideraciones, ya que se fundamentan y se construyen de forma criteriosa.
En cuanto a los beneficios observados en la investigaci
ón, que pueden llevar a las
empresas a implementar un programa de
compliance
, destacan: el combate y la prevención al
lavado de dinero, la buena reputación en el mercado, la potenciación de un diferencial
competitivo, la mitigación de riesgos con fraudes, corrupción, pérdidas financieras, la
transparencia y la credibilidad de las
entidades públicas y privadas, el compromiso para hacer
lo correcto para los
stakeholders
y a la sociedad como un todo.
El estudio también recopiló sugerencias para futuras investigaciones, indicando nuevos
estudios con pequeñas y medianas empresas, tanto
para identificar la existencia de programas
de
compliance
como para evaluar la comprensión de los gestores sobre el tema. Además, los
artículos analizados sugieren la realización de nuevas investigaciones para identificar los
impactos de la implementación
del programa de
compliance
y de comparaciones entre
instituciones que adoptan este programa.
Con base en las consideraciones realizadas, se destaca que esta investigación contribuye
en forma de estímulo a los investigadores para la profundización teórico
-
e
mpírica sobre el
compliance
, y brinda a los demás lectores (gestores, empresarios y ejecutivos) una vista general
acerca de los aspectos conceptuales, regulatorios y de los beneficios del
compliance
para las
empresas.
El estudio también resalta la importan
cia de la discusión académica de temas relevantes
en el ámbito de los negocios, ya que permiten vislumbrar vacíos teóricos/empíricos para futuras
investigaciones a los académicos e investigadores de las áreas de Ciencias Contables,
Administración, Derecho
y áreas afines, además de despertar el interés por el desarrollo
profesional en el
nivel
de posgrado. Se trata, por lo tanto, de una nueva fuente de investigación
para estudiantes y científicos del área sobre el perfil y la evolución del tema en el transcu
rso
de los últimos años.
image/svg+xml
113
Así, del análisis bibliométrico se puede concluir que el tema aún ha sido poco explorado
teórica y empíricamente en los medios académicos, lo que permite inferir que aún existe un
vasto campo de investigación empírica que explorar
en estudios venideros. Como sugerencias
para futuras investigaciones, además de las enumeradas por los trabajos analizados, como se
muestra en la Tabla 6, se pueden realizar otras investigaciones con la recopilación de
producciones en anales de congresos y
otras bases de datos, nacionales e internacionales,
además del ámbito internacional para nuevos estudios bibliométricos.
Bibliografía
Amorim, E. N. C, Cardozo, M. A., & Vicente, E. F. R. (2012). Os impactos da implementação
de controles internos, auditoria e compliance no combate e prevenção à lavagem de
dinheiro no Brasil.
Enfoque: Reflexão Contábil, 31
(3), 23
-
35.
Assi, M. (2018).
Compliance: como implementar
. São Paulo: Trevisan.
Associação Brasileira de Normas Técnicas. (2021).
ISO 37301: Sistemas de Gestão de
Compliance.
https://www.abntcatalogo.com.br/norma.aspx?ID=468508#.
Belarmino, A. P. (2020). O compliance
na percepção de micro e pequenos empresários.
Revista
Metropolitana de Governança Corporativa, 5
(2), 65
-
87.
Bertoccelli, R. P. (2021). Compliance. In: Carvalho, A. C. (Coord.).
Manual de compliance
(3a
ed., x
-
x). Rio de Janeiro: Forense.
Birchal, D., Zaidan, F., & Braga, J. (2020). Governança, riscos e conformidade: modelo
integrado utilizando a modelagem de processos de negócios.
Revista Eletrônica de
Estratégia & Negócios, 12
(3), 75
-
96. https://doi.org/10.19177/reen.v12e3201975
-
96.
Block
, M. (2020). compliance e governança corporativa. 3ª ed. Rio de Janeiro: Freitas Bastos.
Bombassaro, L. C. (2015). Resenha do livro: Manual de ética, de Brum Torres, J. C.
Revista
Educação, 38
(2), 299
-
301.
Calixto, L. R., Cintra, Y. C., & Fonseca, A. C. P.
D. (2020). Implementação das práticas de
governança e compliance da Lei de Responsabilidade das Estatais no estado do Rio de
Janeiro.
Sociedade, Contabilidade e Gestão, 15
(4), 178
-
196.
Chiaretto, S., Batista, C. P., & Barbosa, G. R. (2017). O compliance n
as pequenas e médias
empresas: um estudo de caso sobre a Empresa Aduaneira.
Revista Metropolitana de
Governança Corporativa, 2
(2), 102
-
117.
Código penal. (2017). Brasília, DF: Senado Federal, Coordenação de Edições Técnicas.
Coimbra, M. A., & Manzi, V. A. (2010).
Manual de compliance: preservando a boa
governança e a integridade das organizações
. São Paulo: Atlas.
Costa, M. S. S., Ferreira, C. A. A., Batista, C. P., & Chiaretto, S. (2020). Práticas de compliance
em uma empresa
de teleatendimento.
Revista Metropolitana de Governança Corporativa,
5
(2), 47
-
64.
Creswell, J. W. (2010).
Projeto de pesquisa: método qualitativo, quantitativo e misto
. Porto
Alegre: Artmed.
image/svg+xml
114
Decreto nº
3.678, de 30 de novembro de 2000. (2000). Promulga a
Convenção sobre o Combate
da Corrupção de Funcionários Públicos Estrangeiros em Transações Comerciais
Internacionais, concluída em Paris, em 17 de dezembro de 1997. Brasília, DF. Recuperado
de
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/decreto/D3678.htm
.
Decreto
nº
5.687, de 31 de janeiro de 2006. (2006). Promulga a Convenção das Nações Unidas
contra a Corrupção, adotada pela Assembléia
-
Geral das Nações Unidas em 31 de outubro
de 2003 e assinada pelo Brasil em 9 de dezembro de 2003. Brasília, DF. Recuperado de
ht
tp://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2004
-
2006/2006/decreto/d5687.htm
.
Decreto nº
8.420, de 18 de março de 2015. (2015).
Regulamenta a Lei nº 12.846, de 1º de
agosto de 2013, que dispõe sobre a responsabilização administrativa de pessoas jurídicas
pela p
rática de atos contra a administração pública, nacional ou estrangeira. Brasília, DF.
Recuperado de
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2015
-
2018/2015/decreto/d8420.htm
.
Flach, L. (2012). O jeitinho brasileiro: analisando suas características e influências nas práticas
organizacionais.
Gestão & Planejamento, 13
(3), 499
-
514.
Garcia, R. A., & Libânio, C. S. (2021). A gestão do compliance em instituições de saúde.
Reuna, 26
(1
), 22
-
42.
Gil, A. C. (2008).
Como elaborar projetos de pesquisa
(4a
ed.). São Paulo: Atlas.
Haas, K. R., Vieira, E. P., & Brizolla, M. M. B. (2020). Apontamentos da auditoria interna e
de compliance em uma cooperativa de crédito e seus reflexos na qualific
ação dos controles
internos.
Gestão & Planejamento, 21
(1), 23
-
38.
Kleindienst, A. C. (2019).
Grandes temas do direito brasileiro: compliance
. São Paulo:
Almedina.
KPMG. (2018). Pesquisa maturidade do compliance no Brasil 2017/2018 (3a
ed.). Recuperado
de
h
ttps://assets.kpmg/content/dam/kpmg/.
Lei nº
12.527, de 18 de novembro de 2011. (2011).
Regula o acesso a informações previsto no
inciso XXXIII do art. 5º, no inciso II do § 3º do art. 37 e no § 2º do art. 216 da Constituição
Federal. Brasília, DF. Recuperado de
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011
-
2014/2011/lei/l12527.htm
.
Lei nº
12
.529, de 30 de novembro de 2011. (2011).
Estrutura o Sistema Brasileiro de Defesa
da Concorrência. Brasília, DF. Recuperado de
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011
-
2014/2011/lei/l12529.htm
.
Lei nº
12.846, de 1º de agosto de 2013. (2013). Dispõe so
bre a responsabilização administrativa
e civil de pessoas jurídicas pela prática de atos contra a administração pública nacional ou
estrangeira, e dá outras providências. Brasília, DF. Recuperado de
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011
-
2014/2013/l
ei/l12846.htm
.
Lei nº
14.133, de 1º de abril de 2021. (2021). Lei de Licitações e Contratos Administrativos.
Brasília, DF. Recuperado de
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2019
-
2022/2021/lei/L14133.htm
.
Lei nº
8.429, de 2 de junho de 1992.
(1992). Dispõe sobre as sanções aplicáveis em virtude da
prática de atos de improbidade administrativa. Brasília, DF. Recuperado de
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l8429.htm.
image/svg+xml
115
Lei nº
8.666, de 21 de junho de 1993
. (1993).
Regulamenta o art. 37, in
ciso XXI, da
Constituição Federal, institui normas para licitações e contratos da Administração Pública.
Brasília, DF. Recuperado de
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l8666cons.htm
.
Lin, J. (2019). Corporate crime control in China: an observation f
rom culture perspective.
Journal of Money Laundering Control, 22
(3), 472
-
479.
Machado Faria, A. A. (2018). Compliance como método de controle da corrupção em hospitais
públicos brasileiros: uma estratégia viável?
Revista da CGU, 10
(17), 908
-
929.
Melo, H. P. A., & Lima, A. C. (2019). Instituto compliance no Brasil e a eficácia na mit
igação
ao risco corporativo.
Evidenciação Contábil & Finanças, 7
(3), 60
-
82.
Mendes, F. S., & Carvalho, V. M. (2017).
Compliance: concorrência e combate à corrupção
.
São Paulo: Trevisan.
Morais, E. J. (2005).
Controles internos e estrutura de decisão organi
zacional: o caso da
contadoria no Banco do Brasil
[Dissertação de Mestrado, Universidade Federal do
Paraná].
Nakamura, E. A. M. V., Nakamura, W. T., & Jones, G. D. C. (2019). Necessidade de estrutura
de compliance nas instituições financeiras.
Gestão & Tec
nologia, 19
(5), 257
-
275.
Neves, E. C. (2018).
Compliance empresarial: o tom da liderança
. São Paulo: Trevisan.
Organização dos Estados Americanos
. (1996). Inter
-
American Convention Against
Corruption. Recuperado de
http://www.oas.org/en/sla/dil/inter_ameri
can_treaties_B
-
58_against_Corruption.asp
.
Prado, J. W., Alcântara, V. C., Carvalho, F. M., Vieira, K. C., Machado, L. K. C., & Tonelli,
D. F. (2016).
Multivariate analysis of credit risk and bankruptcy research data: a
bibliometric study involving different knowledge fields (1968
–
2014).
Scientomet
rics,
106
(3), 1007
-
1029.
Santana, E. P., & Silva, F. F. (2021). A estruturação das áreas de controle interno e compliance
em empresas estatais brasileiras conforme a Lei nº
13.303/2016.
Teoria e Prática em
Administração, 11
(1), 32
-
44.
Selhorst, F. (21 de f
evereiro de 2014).
Lei Anticorrupção reforça importância do compliance
.
Conjur.
http://www.conjur.com.br/2014
-
fev
-
21/fabio
-
selhorst
-
lei
-
anticorrupcao
-
reforca
-
importancia
-
compliance
.
Sibille, D., & Serpa, A. (2021). Os pilares do programa de compliance: uma
breve discussão.
Legal Ethics Compliance: LEC. Net, São Paulo.
https://www.editoraroncarati.com.br/v2/phocadownload/os_pilares_do_programa_de_co
mpliance.pdf
.
Silva, G. R., Melo, H. P. A., & Sousa, R. G. (2020). A influência do canal de denúncia anônima
co
mo instrumento de prevenção de riscos de compliance.
Evidenciação Contábil &
Finanças, 8
(1), 21
-
39.
Silva, M. R. C., & Monteiro, A. O. (2019). Restruturação da governança corporativa e de
compliance em uma situação de crise: o caso da Odebrecht S.A.
Gestão
& Planejamento,
20
(1), 420
-
436.
image/svg+xml
116
Souza, T. R., Filardi, F., & Irigaray, H. A. R. (2020). Compliance no setor de óleo e gás na
percepção dos gestores.
Revista Eletrônica de Estratégia & Negócios, 13
(2), 130
-
167.
Srere, M., Buchanan, M. B., Koch, E., Mammen,
J., & Johnson, T. A. (2015).
SEC touts
whistleblower award to a compliance professional: use care in responding to reports of
potential violations
.
Journal of Investment Compliance, 16
(1), 77
-
78.
Stacchezzini, R.
,
Rossignoli, F.
, &
Corbella, S.
(2020). Corporate governance in practice: the
role of practitioners’ understanding in implementing compliance programs.
Accounting,
Auditing & Accountability Journal
, 33
(4), 887
-
911.
Volkow
,
M.
(
2015
).
Compliance program effectiveness requires
accountability
.
http://blog.volkovlaw.com/2015/03/compliance
-
program
-
effectiveness
-
requires
-
accountability
.
Votorantin. (2021).
Programa de compliance
.
http://www.votorantimcimentos.com/pt
-
BR/company/paginas/compliance
-
and
-
code
-
of
-
conduct.aspx
.